|
·
Los servicios prestados por la Institución
·
Las actuaciones de funcionarios en
el ejercicio de sus funciones, cuando se estime que afecten los
servicios prestados.
·
Escritas o verbales.
·
Por cualquier medio
·
Requisitos:
o
Identificación de la persona.
o
Residencia y lugar para recibir notificaciones.
o
Detalle de los hechos u omisiones denunciadas, con indicación de las personas y órganos involucrados en
la queja.
o
Referencia específica o comprobantes cuando
la queja se refiera a servicios por
los cuales se emiten.
·
Reserva y secreto de la identidad de quien denuncia.
·
Trámite diligente.
·
Funcionarios obligados a contestar en
cinco días hábiles (excepcionalmente 15 días), las solicitudes de información y
resolución de la Contraloría de Servicios.
·
Deben resolverse en dos meses, salvo que la investigación requiera más
tiempo (esto deberá hacerse constar en el expediente).
·
La resolución final debe comunicarse al denunciante en un plazo de 5
días, sea por escrito o de forma verbal.
·
Registro de quejas: lo que permitirá un control de su frecuencia,
naturaleza y acciones institucionales.
|